Reacción en los litigios por negligencia médica
November 01, 2024 | 10 minutes read
La redacción se refiere a la edición de un documento, normalmente para borrar información. La redacción se utiliza a menudo en litigios por negligencia médica para ocultar la identidad de pacientes que no son parte en la demanda. Por lo general, los materiales que requieren redacción no comprenden informes médicos, ya que éstos son exclusivos del paciente cuyo caso está en litigio. En cambio, los documentos que requieren redacción son los que podrían vulnerar la intimidad de otros pacientes. Entre estos tipos de documentos se incluyen
- Hojas de registro de la consulta del médico. Suelen utilizarse para deducir que un médico vio a tantos pacientes en un día concreto que no pasó suficiente tiempo con el demandante para hacer un diagnóstico correcto.
- Horarios que contienen otras identidades de pacientes. Por ejemplo, una hoja de horarios de radiología puede utilizarse para clasificar la duración de la estancia de un paciente en un departamento concreto. Un horario de quirófano puede utilizarse para establecer si un cirujano realizó una operación en un día concreto durante un tiempo inusual o si operó a muchos pacientes ese día en cadena de montaje, lo que dio lugar a una negligencia por parte del cirujano.
- Registros de partos obstétricos. Los registros de partos pueden utilizarse además de las hojas de asignación de puestos para evaluar si había suficiente personal. Por ejemplo, si se realizaron muchos partos simultáneamente, un denunciante con un resultado negativo puede llegar a la conclusión de que el resultado adverso se debió a una supervisión insuficiente por parte de las enfermeras de la sala de partos.
- Hojas de tareas del personal. Las hojas de tareas del personal describirán qué miembros del personal atendían al denunciante. Si las hojas de tareas indican que se asignó un gran número de pacientes al miembro del personal que atendía al denunciante, el denunciante concluye entonces que éste recibió una atención insuficiente, lo que dio lugar a un resultado adverso.
- Los registros de visitas requieren que el visitante escriba qué paciente está siendo visitado. A menudo son utilizados por la defensa en casos de residencias de ancianos para demostrar la reticencia de los familiares a visitar a sus parientes. La defensa puede concluir que los miembros de la familia han iniciado el caso para obtener dinero y no por preocupación por el paciente.
La redacción de documentos es un proceso sencillo, pero aún así puede hacerse mal. En la redacción de documentos médicos con el PDf, es vital asegurarse de que la información que se suprime es invisible incluso cuando se amplía la imagen o se ve con una lupa.
¿Cuál es la mejor manera de redactar un documento?
A. Redacción de PDF
- Cree una copia del documento que va a editar. Esta nueva copia será su copia de trabajo. No redacte un documento original.
- Utilice unas tijeras, un líquido corrector blanco, una cinta correctora blanca o un rotulador permanente negro para tapar por completo el nombre del paciente y cualquier otro detalle identificativo, como el número de la seguridad social o el número del historial médico. Si utilizas tijeras para recortar los nombres y otros datos identificativos, asegúrate de que los detalles que borras se trituran después.
- En este punto, si se expone a la luz, el nombre podría seguir apareciendo. Haga una copia de su copia de trabajo para asegurarse de que el nombre no aparece. Esta copia de su copia de trabajo es el documento presentado al abogado de la oposición.
Alternativamente, un método más ordenado y menos laborioso de redacción textual de documentos consiste en escanear el documento y editarlo electrónicamente utilizando un programa automatizado de redacción de PDF.
B. Datos no textuales del paciente
En cumplimiento de esta normativa, los datos no textuales del paciente elaborados y utilizados para un fin específico de atención al paciente deben almacenarse indefinidamente en la historia clínica del paciente. Todos los demás datos no textuales del paciente que no figuren en la historia clínica electrónica deben conservarse de forma segura, lo que también permite su recuperación oportuna y preserva la intimidad del paciente. La información debe protegerse y desecharse, de acuerdo con las políticas de PHI (Información Sanitaria Protegida) durante el periodo de conservación exigido por la ley, la normativa o la política del centro sanitario.
En el tratamiento de documentos no textuales de pacientes para litigios por mala praxis, el gestor de la información debe asegurarse de que se revisen los archivos y se elimine cualquier información que ponga en peligro la privacidad de terceros o rompa la confidencialidad médico-paciente. Esto puede lograrse mediante la edición manual de audio y vídeo o utilizando programas informáticos de edición automática de audio y vídeo.
Cuando se toman fotografías clínicas, el personal debe respetar la privacidad y seguridad del paciente. Tenga en cuenta que si el paciente solicita una copia de su historia clínica, puede acceder a las fotografías clínicas. Siguiendo las instrucciones del fabricante correspondiente, las imágenes capturadas en una cámara digital, equipo de almacenamiento, tarjeta de memoria de dispositivos electrónicos portátiles o cualquier ordenador portátil (por ejemplo, unidad flash/de memoria USB) deben borrarse adecuadamente tras la conservación adecuada de cualquier fotografía o registro del paciente.
La información médica está protegida por la ley HIPAA (Health Insurance Portability and Accountability Act de 1996). La HIPAA es una normativa federal estadounidense que facilita la privacidad de los datos de los pacientes y proporciona seguridad a su información. Con la aparición de filtraciones de datos sanitarios provocadas por ciberataques y ataques de malware a aseguradoras y proveedores sanitarios, la legislación ha cobrado mayor protagonismo en los últimos años.
La normativa de seguridad de datos de la Ley de Portabilidad y Responsabilidad de los Seguros Sanitarios (HIPAA) garantiza la privacidad y confidencialidad de la información sanitaria protegida (PHI). La PHI se describe como información médica personal, consistente en el nombre del paciente, su número de la seguridad social, su dirección y el resto de información médica de un paciente.
¿Qué información está protegida por la HIPAA?
Según la Ley de Privacidad, si un proveedor de atención sanitaria, un programa de seguros o un centro de intercambio de información sanitaria no crea o recopila la información, ésta no está protegida. Se puede acceder a ella en virtud de las leyes de descubrimiento aplicables. Según la HIPAA, una organización protegida puede ser un plan de seguros, un centro de intercambio de información sanitaria o un proveedor de asistencia sanitaria que transmita cualquier información sanitaria en formato electrónico en relación con una transacción de la HIPAA.
Las entidades protegidas no deben comunicar información sanitaria salvo cuando exista una excepción. Los empresarios que financian prestaciones de seguros para la empresa no se incluyen entre las entidades cubiertas. La HIPAA regula el uso de la PHI obtenida de una entidad cubierta, y los empresarios deben asegurarse de que dicha información está protegida para que sólo tengan acceso a ella los trabajadores adecuados.
La HIPAA no ofrece ninguna solución en caso de infracción. En su lugar, los procedimientos administrativos existentes recomiendan presentar una denuncia. Los tribunales pueden imponer multas a las partes que revelen ilegalmente información sanitaria protegida (PHI) en los pleitos, incluidas las sanciones por infracciones de la ética y la gama de sanciones disponibles en virtud de la Regla 37 del Procedimiento Civil Federal. La legislación estatal puede exigir la interposición de demandas civiles por incumplimiento de la ley en relación con el manejo de registros sanitarios estatales.
¿Qué tipo de información tiene una excepción?
En virtud de la HIPAA, una entidad protegida puede divulgar la PHI en determinadas circunstancias sin la autorización escrita del paciente:
- al responder a una citación administrativa, solicitud de investigación u otras exigencias reglamentarias
- para garantizar el cumplimiento de una orden, citación o requerimiento judicial
- para audiencias ante el consejo sanitario
- para uso de las fuerzas del orden público
Las entidades protegidas pueden compartir la PHI para proporcionar tratamiento, recomendar pacientes para cirugía, gestionar la atención al paciente, para fines de facturación y para su uso en un directorio de instalaciones. Los proveedores pueden compartir la PHI para prevenir riesgos inminentes e importantes para la salud y la seguridad públicas. Si la persona protegida está implicada en un pleito, la PHI puede revelarse como parte de sus funciones de atención médica.
¿Cómo se accede a la PHI?
Hay tres opciones para un litigante. En primer lugar, un litigante puede solicitar una autorización firmada individualmente para acceder a la información. La autorización firmada satisfará las normas claras de la Sección 164.508 de la HIPAA y cualquier especificación estatal pertinente. El segundo enfoque es una orden judicial que permita el acceso a determinados datos médicos. En tercer lugar, un litigante puede presentar una orden judicial, una solicitud de pruebas u otra acción legal y notificar al demandante la solicitud o dictar una orden de protección autorizada por la HIPAA.
Respuesta a una solicitud de acceso a la PHI
Una parte deberá determinar si la información solicitada constituye información sanitaria con arreglo a la HIPAA. Las entidades protegidas o cubiertas deben disponer de procesos para gestionar las solicitudes de información sanitaria. Otras organizaciones que pueden ser responsables de algún aspecto de las especificaciones de la HIPAA son los empleadores y los asociados comerciales que apoyan los planes de salud comunitarios. Los empresarios que ofrecen planes de salud colectivos no son entidades cubiertas y no están sujetos a las normas de la HIPAA. Los empleadores también deben proteger la PHI que reciben y no deben utilizar estos datos para acciones relacionadas con el trabajo.
Si se solicita la PHI de un cliente, se espera que los abogados de la parte contraria sigan los protocolos de la HIPAA y soliciten una orden o mandato judicial o utilicen algún mecanismo legal para obtenerla. Todas las partes pueden suscribir una orden de protección cualificada específica que garantice que los datos se utilicen únicamente a efectos del litigio. En virtud de la HIPAA, las personas no pueden acceder a su PHI si ésta se creó para preparar un litigio.
La HIPAA estipula que la PHI debe devolverse a la persona, o borrarse, después del litigio. Sin embargo, esto puede contrastar con las preocupaciones éticas del abogado y su necesidad de mantener registros. Si los datos se conservan una vez finalizado el caso, deben etiquetarse y hacerse privados y privilegiados. El abogado debe notificar a la entidad cubierta que conservará y salvaguardará la información.
Conclusión
La mayoría de los datos recogidos de un paciente por un profesional sanitario, como información demográfica, historiales médicos, resultados de pruebas y análisis de laboratorio, enfermedades mentales e información sobre el seguro, forman parte de la Información Sanitaria Protegida (PHI, por sus siglas en inglés). La PHI, a veces denominada información sanitaria personal, permite al profesional sanitario identificar a una persona y obtener un breve historial médico. La confidencialidad es fundamental para la confianza entre el médico y los pacientes y un elemento central de la relación médico-paciente. Sin embargo, compartir información, en las circunstancias apropiadas, también es esencial, tanto para la atención al paciente como para la seguridad del paciente y de los demás.
La intimidad del paciente debe protegerse guardando de forma segura los historiales y demás información sobre los pacientes. Además, los médicos deben evitar la divulgación accidental. Antes de compartir o divulgar cualquier información identificable sobre los pacientes, deben tenerse en cuenta los principios de la Ley de Libertad de Información (FOIA). El propósito de la divulgación debe indicarse claramente y debe obtenerse el consentimiento del paciente, al tiempo que se garantiza que se cumplen otros fundamentos jurídicos para divulgar información sobre el paciente.
El proveedor de asistencia sanitaria también debe asegurarse de que los documentos no contengan datos de terceros. En este sentido, debe eliminarse cualquier información que revele el paradero de personas privadas que no estén implicadas en el litigio. Para ello se pueden utilizar programas manuales y automáticos de redacción de PDF, audio y vídeo. La cantidad de información revelada debe ser mínima y al menor número de personas posible. Las personas a las que se revele la información deben saber que es confidencial y que tienen su deber de confidencialidad.