Ley 220 del Senado de Nevada y sus efectos jurídicos

Ley 220 del Senado de Nevada y sus efectos jurídicos

El proyecto de ley 220 del Senado de Nevada es una ley aprobada recientemente en Nevada que modifica la normativa anterior sobre privacidad en el estado. La SB-220 concede a los consumidores de Nevada el derecho a impedir que los operadores en línea vendan su “información cubierta” que el operador haya recogido o vaya a recoger en el futuro. Además, los operadores también están obligados a establecer una dirección de solicitud designada, en forma de dirección de correo electrónico, número de teléfono gratuito o dirección de sitio web, con el fin de recibir las solicitudes de exclusión de venta de los consumidores de Nevada. SB-220 es similar a la recientemente aprobada Ley de Derechos de Privacidad y Aplicación de California de 2020, aunque con ligeras diferencias en la forma en que SB-220 define a los operadores y los consumidores, así como las particularidades en torno al proceso de exclusión voluntaria. Con arreglo a la SB-220, un operador se define como una persona que:

Por el contrario, un consumidor según el SB-220 se define como “Una persona que busca o adquiere, mediante compra o arrendamiento, cualquier bien, servicio, dinero o crédito para fines personales, familiares o domésticos en el sitio web de Internet o en el servicio en línea de un operador”. Los empleados y los contratos entre empresas no se consideran consumidores con arreglo al SB-220.

¿Qué se considera “información cubierta” por el SB-220?

Hay varias formas de información personal identificable que se consideran “información amparada” por el SB-220. Estas formas de información son las siguientes Estas formas de información incluyen

¿Qué se considera “venta” de información personal con arreglo al SB-220?

La “venta” de información con arreglo al SB-220 se define como “el intercambio de información cubierta a cambio de una contraprestación monetaria por parte del operador a una persona para que ésta conceda una licencia o venda la información cubierta a otras personas.” Alternativamente, el SB-220 también incluye 5 exenciones específicas al término “venta”. Estas exenciones incluyen

¿Cómo cumplen los operadores en línea el SB-220?

Hay una serie de medidas que los operadores en línea deben adoptar para cumplir con la SB-220. Estas medidas incluyen:

¿Cuáles son las sanciones por infringir la SB-220?

En virtud de la ley SB-220, el Fiscal General del Estado de Nevada tiene la autoridad exclusiva para hacer cumplir las infracciones de la ley mediante la interposición de las acciones legales pertinentes o apropiadas. Las organizaciones y los operadores en línea que infrinjan la SB-220 están sujetos a una multa de hasta 1.000 euros por cada infracción, así como a una orden judicial temporal o permanente. Actualmente no hay sanciones penales asociadas a las infracciones del SB-220. Es más, el SB-220 declara expresamente que no proporciona un derecho de acción privado a los consumidores de Nevada.

El objetivo de la SB-220 es proporcionar a los residentes y consumidores de Nevada un medio para controlar la divulgación y venta de su información personal. A medida que las leyes y la legislación sobre privacidad empiezan a ganar terreno en todo el país, la SB-220 es un paso más para mejorar el nivel de privacidad que se concede a los consumidores estadounidenses. Con leyes como la SB-220, pueden reducirse los casos de usurpación de identidad o fraude en relación con la divulgación de información personal, ya que los operadores en línea tienen ahora un mayor nivel de responsabilidad en cuanto a la forma en que recogen y mantienen la información personal de los consumidores.

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