Normativa sobre protección de datos de estudiantes en Montana
October 08, 2024 | 4 minutes read
Montana HB 745 es una ley de protección de datos de estudiantes y privacidad personal que se promulgó en 2020. La ley fue aprobada con el fin de proteger la información personal de los estudiantes que asisten a la escuela en el estado de Montana del acceso no autorizado, en particular en lo que se refiere a la comercialización y la publicidad dirigidas. Dicho esto, la ley establece las medidas y protocolos que deben seguir los distritos escolares para garantizar que la información personal de sus respectivos alumnos esté protegida y se utilice con fines legítimos, como el fomento de su trayectoria educativa.
¿Cómo se definen en la ley los fines de los centros escolares K-12?
La ley HB 745 de Montana define los fines escolares como “actividades que habitualmente tienen lugar bajo la dirección de una escuela, profesor o distrito escolar o que ayudan a la administración de las actividades escolares, incluyendo pero no limitándose a la instrucción en el aula o en casa, actividades administrativas y colaboración entre alumnos, personal escolar o padres, o que son para el uso y beneficio de una escuela.” Alternativamente, la ley define una aplicación en línea K-12 como “un sitio web de Internet, servicio en línea, servicio de computación en la nube, aplicación en línea o aplicación móvil que se utiliza principalmente para fines escolares K-12 y que fue diseñado y se comercializa para fines escolares K-12.”
¿Cuáles son las obligaciones de los operadores en línea en virtud de la ley?
La ley HB 745 de Montana obliga a los educadores, administradores escolares y operadores en línea a adoptar las siguientes medidas para proteger la información personal de los respectivos alumnos a los que prestan servicio:
- Se prohíbe a los operadores en línea de Montana utilizar la información personal de sus alumnos para realizar publicidad o marketing específicos.
- Se prohíbe a los operadores en línea utilizar los datos personales de un alumno para crear un perfil en línea de dicho alumno, salvo para fines escolares.
- Los operadores en línea sólo están autorizados a revelar la información personal de sus alumnos con el fin de ayudarles a progresar en sus carreras académicas.
- Los operadores en línea son responsables de aplicar y mantener protocolos y procedimientos de seguridad que puedan utilizarse para proteger la información personal de sus alumnos. Estos protocolos y procedimientos deben ser adecuados a la naturaleza de la información personal que se ha recopilado o divulgado.
- Los operadores en línea son responsables de eliminar la información personal de un alumno a instancias de su distrito escolar.
- Los contratos que los operadores en línea suscriban con terceros deben ajustarse a las disposiciones de la ley.
¿Qué elementos de datos están protegidos por la ley?
De acuerdo con la Ley de Derechos Educativos y Privacidad de la Familia (FERPA), los elementos de datos relativos a los alumnos de K-12 dentro del estado de Montana que están legalmente protegidos contra el uso, acceso, modificación, destrucción y divulgación no autorizados incluyen, entre otros:
- Números de la seguridad social.
- Nombre y apellidos.
- Identificadores biométricos.
- Antecedentes penales, médicos y sanitarios.
- Información socioeconómica.
- Compras de alimentos.
- Afiliación política.
- Mensajes de texto.
- Documentos.
- Datos de educación especial.
- Registros de dependencia juvenil.
- Calificaciones y evaluaciones.
- Grabaciones de voz.
- Fotos.
¿Cómo se aplica la ley Montana HB 745?
Las disposiciones establecidas en la ley HB 745 de Montana son aplicadas por el fiscal general del estado. En consecuencia, el fiscal general del estado tiene una serie de sanciones y penas que puede imponer a los operadores en línea, educadores y administradores escolares que violen la ley. En particular, se anularán todos los contratos relativos a fines escolares K-12 que no se atengan a los apartados establecidos en la ley, y se perderá toda la información y las ganancias monetarias obtenidas con dichos contratos.
Aunque ninguna ley o reglamento bastará por sí solo para detener las violaciones de datos o la transmisión ilegal de información personal, una legislación como la HB 745 de Montana proporciona a los padres de los escolares del estado las protecciones legales necesarias para garantizar que los datos de los estudiantes no caigan en las manos equivocadas. Sin embargo, lo que es más importante, las disposiciones de la ley también garantizan que, en caso de que los datos personales de los estudiantes de Montana se vean comprometidos por cualquier motivo, los únicos responsables de salvaguardar dicha información serán los operadores, educadores y administradores escolares.