República Checa promulga leyes de privacidad de datos

República Checa promulga leyes de privacidad de datos

La Ley No. 110/2019 Coll. sobre Procesamiento de Datos Personales es una ley de privacidad de datos que se aprobó recientemente en la República Checa en 2019. Como la República Checa es un estado miembro de la UE, la Ley N ° 110/2019 Coll. sobre Procesamiento de Datos Personales implementa el Reglamento General de Protección de Datos para GDPR para abreviar en la ley dentro del país, en virtud de las disposiciones dentro de la ley GDPR de la UE que permite a los estados miembros promulgar su propia legislación relacionada con la protección de datos y la privacidad personal. Hasta el momento, la Ley nº 110/2019 sobre el tratamiento de datos personales y la ley GDPR de la UE son los principales medios legales para recopilar, procesar, utilizar y divulgar datos personales en la República Checa.

¿Cuáles son las diferencias entre la ley GDPR de la UE y la Ley n.º 110/2019 sobre el procesamiento de datos personales?

Si bien muchas de las disposiciones establecidas en la ley GDPR de la UE también son aplicables en virtud de la Ley n.º 110/2019 Coll. sobre Procesamiento de Datos Personales, hay ciertas formas en que ambas formas de legislación difieren entre sí. Por ejemplo, en lo que respecta al ámbito de aplicación personal de la Ley nº 110/2019 Coll. sobre el tratamiento de datos personales, “el Título IV de la Ley contiene disposiciones sobre el tratamiento de datos personales que están excluidos del ámbito de aplicación de la legislación de la UE y que se refieren a la seguridad y la defensa de la República Checa, es decir, el tratamiento de datos personales que tiene lugar dentro de los servicios de inteligencia.” Hasta este punto, la Ley n.º 110/2019 Recop. sobre el tratamiento de datos personales sí establece ciertas obligaciones legales que varían de las establecidas en la ley GDPR de la UE.

Por ejemplo, “el artículo 43 (3) de la Ley establece los siguientes fundamentos jurídicos específicos para el tratamiento de datos con el fin de garantizar los intereses de defensa y seguridad de la República Checa”:

Además, la Ley n.º 110/2019 Recop. sobre Tratamiento de Datos Personales varía de la ley GDPR de la UE en lo que respecta a los principios de protección de datos que los controladores y procesadores de datos deben cumplir. Si bien la Ley n.º 110/2019 Recop. sobre Tratamiento de Datos Personales no crea nuevos principios relativos a la protección de datos que varíen de los establecidos en la ley GDPR de la UE, las formas en que dichos principios se interpretan en virtud de la Ley n.º 110/2019 Recop. sobre Tratamiento de Datos Personales son algo diferentes. Para ilustrar mejor este punto, “la Ley también establece principios relativos al tratamiento de datos facilitados con fines de prevención, investigación o detección de delitos penales. Concretamente, la Ley establece que el responsable del tratamiento deberá”:

¿En qué se diferencian las sanciones previstas en la Ley n.º 110/2019 sobre el tratamiento de datos personales de las previstas en el RGPD de la UE?

Dado que la Ley n.º 110/2019 sobre el tratamiento de datos personales se promulgó con el fin de regular el tratamiento y la recopilación de datos personales en la República Checa a nivel nacional, la ley también faculta a la Oficina de Protección de Datos Personales o UOOU, para abreviar, a imponer multas y sanciones a los responsables y encargados del tratamiento de datos que operan en el país y no cumplen la ley. Por ejemplo, además de las multas establecidas en la ley GDPR de la UE, la UOOU también tiene autoridad para imponer multas y sanciones monetarias que pueden “ascender a aproximadamente 40.000 euros (45.123 dólares) y se establece una multa máxima de aproximadamente 200.000 euros (225.556 dólares) si esta infracción administrativa se lleva a cabo a través de medios impresos, cinematográficos, radiofónicos, televisivos, redes informáticas de acceso público u otros medios de eficacia similar”.

Para ofrecer un ejemplo de las formas en que las penas impuestas por la UOOU y la ley GDPR de la UE actúan en consonancia, la pena máxima que se dictó contra un responsable o encargado del tratamiento de datos que operaba con la República Checa en 2020 fue de 9.000 euros (10.140 dólares). Por el contrario, durante este mismo período de tiempo, la multa más alta impuesta contra un responsable o encargado del tratamiento de datos fue de 230.000 euros (259.169 dólares), que se emitió en respuesta al envío de “comunicaciones comerciales no solicitadas”. Por lo tanto, incluso en los casos en que un responsable o encargado del tratamiento de datos se enfrenta a una sanción pecuniaria mínima por infracciones en virtud de la legislación del RGPD de la UE, la Ley n.º 110/2019 sobre el tratamiento de datos personales garantiza que dichas partes seguirán enfrentándose a sanciones adicionales en caso de que no cumplan la normativa.

Mediante la promulgación de la Ley n.º 110/2019 Coll. sobre el procesamiento de datos personales de conformidad con el Reglamento general de protección de datos, los interesados que residan en la República Checa pueden tener la seguridad y la tranquilidad de que sus datos personales están protegidos en todo momento. Dado que la legislación puede crear intrínsecamente zonas grises en relación con lo que es legal y lo que está permitido en relación con determinadas acciones o actividades, el hecho de que dos formas de legislación trabajen conjuntamente permite una protección más completa de todas las personas implicadas. De este modo, el Reglamento General de Protección de Datos sigue sirviendo como norma internacional para la protección de los datos personales y la privacidad.

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