Protección de datos de los estudiantes en Nevada
November 06, 2024 | 5 minutes read
La SB 463 de Nevada es una ley de protección de datos de los estudiantes y privacidad personal que se aprobó en 2015. La ley establece las responsabilidades y obligaciones que tienen los educadores, administradores escolares y proveedores de servicios escolares dentro del estado de Nevada en relación con la protección de la información personal y la privacidad de los estudiantes K-12 dentro del estado. Estas responsabilidades incluyen la aplicación de salvaguardias con el fin de proteger los datos personales de los estudiantes, así como garantizar que los datos personales de los estudiantes sólo se divulguen para fines específicos, entre otros. Además, la ley también establece las sanciones a las que se exponen los educadores y los proveedores de servicios escolares en caso de infringir cualquiera de las disposiciones de la ley.
¿Cómo se definen los servicios escolares en la ley?
Según las disposiciones de la ley SB 463 de Nevada, un servicio escolar se define como “un sitio web de Internet, un servicio en línea o una aplicación móvil que: (a) Recopila o mantiene información de identificación personal relativa a un alumno; (b) Se utiliza principalmente con fines educativos; y (c) Está diseñado y comercializado para su uso en escuelas públicas y se utiliza bajo la dirección de profesores y otro personal educativo.” En el otro extremo del espectro, la ley define a un proveedor de servicios escolares como “una persona que opera un servicio escolar, en la medida en que el proveedor opere como tal. “
¿Cuáles son los deberes de los proveedores de servicios escolares en virtud de la ley?
Los deberes de protección de datos y privacidad de los alumnos que tienen los educadores y los proveedores de servicios escolares en virtud de la ley SB 463 de Nevada incluyen, entre otros, los siguientes:
- Antes de poner en marcha un servicio escolar, los proveedores de servicios escolares están obligados a proporcionar a los profesores, a los miembros del consejo de administración, a los estudiantes y a los padres una divulgación por escrito sobre los tipos de datos personales que se recopilarán de los estudiantes, cómo se utilizarán estos datos y un plan que describa los pasos y las medidas que se tomarán para proteger estos datos, entre otros detalles pertinentes.
- Los proveedores de servicios escolares son responsables de establecer un proceso que permita a los estudiantes y a sus familias corregir cualquier dato personal relativo a dichos estudiantes que resulte ser incompleto o inexacto.
- Los proveedores de servicios escolares sólo pueden divulgar o transferir los datos personales de los alumnos para fines escolares específicos, tal como se definen en la ley.
- Se prohíbe a los proveedores de servicios escolares utilizar los datos personales de los alumnos para realizar publicidad selectiva.
- En caso de que un proveedor de servicios escolares desee transferir los datos personales de un alumno a un tercero, deberá notificarlo por escrito a todas las partes interesadas.
- Los proveedores de servicios escolares son responsables de eliminar los datos personales de un estudiante en un plazo de 30 días a partir de la recepción de dicha solicitud por parte del distrito escolar o el consejo de administración en el que el estudiante asiste a la escuela.
¿Qué tipos de datos personales protege la ley?
La ley SB 463 de Nevada protege los siguientes tipos de datos personales de la recogida, uso, acceso y divulgación no autorizados:
- Nombre y apellidos.
- Direcciones de correo electrónico.
- Direcciones físicas.
- Números de teléfono.
- Fechas y lugares de nacimiento.
- Estado de inscripción.
- Fechas de matriculación.
- Calificaciones y promedios de calificaciones.
- Datos del expediente académico.
- Resultados de la evaluación.
- Títulos y premios recibidos.
- Participación en deportes y actividades oficialmente reconocidas.
- Campos de estudio.
- Resultados de la encuesta.
¿Cuáles son las sanciones por infringir la ley SB 463 de Nevada?
Las disposiciones establecidas en la ley SB 463 de Nevada son aplicadas por el fiscal general de Nevada. Dicho esto, el fiscal general de Nevada tiene autoridad para imponer una amplia gama de sanciones y penas contra los proveedores de servicios escolares, los profesores y otros miembros del personal escolar que infrinjan la ley. En particular, las personas que incumplan la ley están sujetas a una sanción pecuniaria de hasta 5.000 dólares por infracción. Además, los profesores y administradores escolares que infrinjan la ley pueden ser suspendidos, degradados, despedidos o reempleados. Además, los profesores y administradores escolares que infrinjan la ley también pueden ser objeto de una condena penal o un delito grave en determinadas circunstancias.
Dado que la privacidad de los estudiantes de primaria y secundaria en EE.UU. sigue siendo un problema cada vez mayor debido a los riesgos de la comunicación en línea y digital, la ley SB 463 de Nevada proporciona a los padres y tutores del estado un marco legal para proteger los datos personales de sus respectivos hijos. A diferencia de muchas otras leyes sobre privacidad de los datos de los alumnos de todo el país, los proveedores de servicios escolares, los administradores de los centros y los profesores se enfrentan a elevadas sanciones pecuniarias y penales en caso de infracción de la ley. De este modo, los estudiantes del estado de Nevada gozan de un alto nivel de protección de datos y privacidad.