Protección de datos de los estudiantes en Colorado
La Ley de Protección de Datos Personales de Estudiantes en Línea de Colorado o SOPIPA, también conocida como HB 1423, es una ley de protección de datos de estudiantes que se promulgó en 2016. Como se indica en la ley, HB 1423 fue aprobada para “maximizar la confianza en el uso de los datos de los estudiantes en el sistema de educación primaria y secundaria.” Para ello, la ley establece las normas que deben cumplir los educadores y los proveedores de servicios escolares al manejar la información personal de sus alumnos. Además, la ley también establece las categorías específicas de información personal relativa a los alumnos que están legalmente protegidas contra el acceso, el uso, la modificación, la destrucción y la difusión no autorizados.
¿Cómo define la ley un servicio escolar?
La ley HB 1423 de Colorado define un servicio escolar como “un sitio web, servicio en línea, aplicación en línea o aplicación móvil que: (I) está diseñado y comercializado principalmente para su uso en un centro de educación preescolar, primaria o secundaria; (II) se utiliza bajo la dirección de profesores u otros empleados de un proveedor de educación local; (III) y recopila, mantiene o utiliza información de identificación personal”. Por el contrario, la ley define a un proveedor de contratos de servicios escolares como “una entidad, distinta de una entidad de educación pública o institución de educación superior, que celebra un contrato formal negociado con una entidad de educación pública para prestar un servicio escolar.”
¿Cuáles son las obligaciones de los educadores en virtud de la ley?
Algunas de las responsabilidades que los educadores y los proveedores de servicios escolares tienen en virtud de la ley HB 1423 de Colorado incluyen:
- Los educadores y proveedores de servicios escolares son responsables de desarrollar e implementar normas de cumplimiento de privacidad, políticas de seguridad y procedimientos de recopilación y retención de datos.
- Los educadores y los proveedores de servicios escolares son responsables de esbozar planes, avisos y procedimientos que puedan utilizarse para ayudar tanto a los estudiantes como a sus padres o tutores en caso de que se produzca una violación de los datos. Además, los educadores y los proveedores de servicios escolares también están obligados a proporcionar la formación necesaria para mantener eficazmente estos procedimientos y políticas.
- Los contratos celebrados entre educadores, proveedores de servicios escolares y otras terceras partes pertinentes deben elaborarse de conformidad con las disposiciones legales.
- Los educadores y los proveedores de servicios escolares tienen prohibido utilizar los datos personales de sus alumnos con fines de publicidad dirigida.
- Los educadores y los proveedores de servicios escolares son responsables de crear y mantener una política que regule la divulgación de los datos personales de sus respectivos alumnos. Por ejemplo, si una persona desea utilizar los datos personales de un alumno con fines legítimos de investigación, deberá celebrar un contrato o acuerdo con las partes pertinentes para garantizar que el uso de esta información no infringe la ley.
¿Qué elementos de datos están protegidos por la ley?
Los elementos de datos relativos a los alumnos de K-12 que están legalmente protegidos contra el uso y la divulgación no autorizados en virtud de la ley HB 1423 de Colorado incluyen, entre otros
- Fechas de nacimiento.
- Nombre y apellidos.
- Resultados de las pruebas administradas por el Estado.
- Información sobre la participación.
- Cursos realizados y completados.
- Créditos obtenidos.
- Credenciales obtenidas.
- Información sobre el expediente académico.
- Nivel de estudios.
- Fecha prevista de graduación.
- Datos sobre educación especial.
- Información sobre sexo, raza y etnia.
- Información sobre asistencia y movilidad.
Los derechos de los padres en virtud de la ley
En lo que respecta a los derechos de los padres en virtud de la ley HB 1423 de Colorado, la ley otorga a los padres una serie de derechos en relación con la protección de los datos personales de sus hijos. En particular, los padres tienen derecho tanto a inspeccionar como a conservar cualquier información personal que sus hijos hayan facilitado a educadores y proveedores de servicios escolares durante el transcurso de su educación. Además, los padres también tienen derecho a solicitar una copia de la información personal de sus hijos, ya sea en papel o en formato electrónico, así como el derecho a presentar una queja con respecto a cualquier inconsistencia con la información personal que sus hijos han proporcionado a un educador o proveedor de servicios escolares y la forma en que se ha utilizado dicha información.
La ley HB 1423 de Colorado se erige como el principal medio legal por el que los ciudadanos de Colorado pueden proteger los datos personales y la privacidad de sus hijos en edad escolar. Mientras que las disposiciones, los derechos y los castigos establecidos en la legislación de privacidad de los estudiantes , sin duda, varían de un estado a otro, la capacidad de los padres dentro de Colorado para acceder a la información personal de sus hijos les proporciona el poder necesario para asegurar esta información. Con todo esto dicho, los padres de los niños que asisten a instituciones educativas K-12 dentro del estado de Colorado pueden tener la tranquilidad de que tendrán una vía de recurso en caso de que los datos personales o la privacidad de sus hijos se vean comprometidos o vulnerados.