Acceso a registros y privacidad de datos gubernamentales en Florida
December 07, 2024 | 5 minutes read
La Sección 119 de los Estatutos de Florida, también conocida como la Ley de Registros Públicos de Florida, es una ley sobre registros públicos y privacidad de datos gubernamentales que se promulgó originalmente en 1909. Como la promulgación de los Estatutos de Florida, Sección 119 es anterior incluso a la Ley de Libertad de Información del gobierno federal o FOIA, la Sección 119 ha sido modificada en numerosas ocasiones desde su aprobación original, sobre todo en 1992, cuando el alcance y la aplicabilidad de la ley se ampliaron a los poderes legislativo y judicial del Gobierno del Estado de Florida. Dicho todo esto, la Ley de Registros Públicos de Florida establece el fundamento jurídico sobre el que los residentes del estado pueden acceder a los registros y a la información del gobierno.
¿Cómo se definen los registros públicos según la ley?
La Ley de Registros Públicos de Florida define los registros públicos como “todos los documentos, papeles, cartas, mapas, libros, cintas, fotografías, películas, grabaciones de sonido, software de procesamiento de datos u otro material, independientemente de la forma física, las características o los medios de transmisión, realizados o recibidos en virtud de una ley u ordenanza o en relación con la transacción de asuntos oficiales por parte de cualquier agencia”. Por otro lado, la ley define al custodio de registros públicos como “el funcionario electo o designado del estado, condado o municipio encargado de la responsabilidad de mantener la oficina que tiene registros públicos, o su designado”.
¿Cuáles son las obligaciones de las agencias estatales según la ley?
Las agencias estatales y gubernamentales de Florida tienen las siguientes obligaciones y deberes de custodia en virtud de la Ley de Registros Públicos de Florida en lo que respecta a garantizar que los miembros del público puedan acceder a los registros públicos y a la información gubernamental:
- Un custodio de registros públicos es responsable de reconocer las solicitudes para inspeccionar o copiar registros públicos o información gubernamental de buena fe.
- Todo individuo dentro del estado de Florida que tenga bajo su custodia un registro público debe permitir que el registro sea inspeccionado y copiado por un individuo que desee hacerlo, bajo circunstancias razonables, en cualquier momento razonable y bajo la supervisión de un custodio de registros públicos de una agencia estatal.
- Un custodio de registros públicos puede designar a un funcionario o empleado que trabaje en nombre de una agencia estatal para permitir la inspección y copia de registros. Sin embargo, la identidad de esta persona también debe revelarse a los ciudadanos de Florida que deseen realizar una solicitud de registros públicos.
- Las personas y los custodios de registros públicos que concedan acceso a dichos registros deben asegurarse de que determinadas formas de información de identificación personal, como los números de la seguridad social, se eliminen de dichos registros antes de su divulgación al público en general.
- Los ciudadanos de Florida tienen derecho a tomar fotografías de los registros públicos que estén en posesión de un custodio de registros públicos.
¿Qué registros públicos están exentos de la ley?
Los registros públicos que están exentos de divulgación o consumo público en virtud de la Ley de Registros Públicos de Florida incluyen, entre otros:
- Información biométrica.
- Información relativa a secretos comerciales e información financiera confidencial.
- Información relativa al privilegio abogado-cliente.
- Planos de edificios, dibujos esquemáticos, planos y diagramas.
- Manuales de equipos de emergencia, personal de seguridad o formación en materia de seguridad.
- Declaraciones grabadas en vídeo de menores que puedan utilizarse en el contexto de una investigación penal.
- Direcciones, números de teléfono y fotografías de funcionarios públicos, como los bomberos.
- Cualquier información que revele que un individuo está trabajando encubierto para una agencia de justicia penal dentro del estado.
- Evacuaciones de emergencia y planes de respuesta ante amenazas que pueda aplicar el gobierno estatal.
¿Cuáles son las sanciones por infringir la ley?
Las disposiciones de la Ley de Registros Públicos de Florida son aplicadas por el fiscal general de Florida. Hasta este punto, los organismos estatales de Florida que infrinjan la ley están sujetos a numerosas sanciones. Dichos castigos incluyen una multa de hasta 500 dólares por infracción. Es más, las violaciones más graves de la ley pueden dar lugar a cargos por delitos graves y a acciones civiles, así como a la suspensión, destitución o destitución de un organismo gubernamental, en los casos en que se haya determinado que una persona ha violado deliberadamente la ley.
Dado que la legislación sobre registros públicos y accesibilidad a la información gubernamental existe en el estado de Florida desde hace más de 100 años, los residentes del estado gozan de ciertos derechos que muchos otros ciudadanos estadounidenses no tienen en lo que respecta a la transparencia gubernamental. En este sentido, las disposiciones de la Ley de Registros Públicos de Florida permiten a los residentes del estado exigir responsabilidades a sus funcionarios electos con respecto a la forma en que funciona el gobierno del estado de Florida, ya que el dinero de sus impuestos es la base de todas las actividades y gastos del gobierno.