Regulación del Sistema de Datos de Estudiantes en el Estado de Colorado
Colorado HB 1294 es una ley de privacidad y protección de datos de los estudiantes que se aprobó en 2014. Junto con la HB 1423, que se promulgó dos años después de la HB 1294 en 2016, las dos leyes conforman el marco de protección de datos de los estudiantes dentro del estado de Colorado. Hasta este punto, la HB 1294 estableció un sistema de datos longitudinales en todo el estado que podría utilizarse para almacenar la información personal de los estudiantes matriculados en programas e instituciones de educación k-12 en todo el estado. Dicho esto, la disposición de la ley establece los pasos y medidas que los educadores están obligados a cumplir en lo que respecta a la protección de los diversos elementos de datos contenidos en el sistema de datos de los estudiantes de todo el estado.
¿Cómo se definen los datos personalmente identificables según la ley?
Según la ley HB 1294 de Colorado, los datos de identificación personal se definen como “un conjunto de datos que está vinculado a un estudiante específico o al padre o tutor legal del estudiante y que permitiría a una persona razonable de la comunidad escolar, que no tenga conocimiento de las circunstancias relevantes, identificar al estudiante, padre o tutor legal con una certeza razonable”. Por otra parte, la ley define los datos agregados como “los datos recopilados e informados a nivel de grupo, cohorte o institución”, mientras que la ley define como sistema de datos al “Sistema de Datos de Estudiantes del Departamento de Educación del Estado de Colorado”.
¿Cuáles son las obligaciones de los distritos escolares según la ley?
El Consejo de Educación del Estado de Colorado (Colorado State Board of Education, CDE) tiene las siguientes responsabilidades en materia de protección de datos y privacidad de los estudiantes en virtud de las secciones y disposiciones de la ley HB 1294 de Colorado:
- El CDE es responsable de crear y publicar un inventario de datos, diccionario o índice de los elementos de datos que se recopilarán de los estudiantes K-12 dentro del estado, así como las definiciones de estos elementos de datos. Además, esta información debe ponerse a disposición del público.
- El CDE es responsable de crear y publicar protocolos que puedan utilizarse para regular el uso, el acceso y la divulgación autorizados de los datos de los alumnos en nombre de los profesores, el personal autorizado, los contratistas del departamento, los administradores del distrito escolar y los padres y sus padres o tutores. Esta información debe ponerse a disposición del público, y también debe estar de acuerdo con las disposiciones de la Ley de Derechos Educativos y Privacidad de la Familia o FERPA para abreviar.
- El CDE es responsable de elaborar y aplicar un plan detallado de seguridad de los datos de los alumnos que incluya el cumplimiento de las normas de privacidad, auditoría y medidas de seguridad, así como la planificación de la violación de datos y las normas que pueden utilizarse para regular la conservación y eliminación de los datos de los alumnos.
- El CDE es responsable de garantizar que todos los datos de los alumnos se destruyan una vez que dichos datos ya no sean necesarios para lograr el propósito para el que se recopilaron.
- El CDE es responsable de publicar datos fáciles de usar en relación con todos los acuerdos de intercambio de datos que se fomenten entre el CDE y las diversas instituciones educativas del estado.
- El CDE es responsable de proporcionar a los educadores, a los operadores en línea y a otros administradores y miembros del profesorado de centros relacionados con la educación la formación y el apoyo necesarios para aplicar las disposiciones de la ley de manera eficaz y eficiente.
¿Qué elementos de datos están protegidos por la ley?
Los elementos de datos específicos relativos a los estudiantes K-12 matriculados en instituciones educativas dentro del estado de Colorado que están legalmente protegidos contra el acceso no autorizado y la divulgación bajo HB 1294 incluyen, pero no se limitan a:
- Resultados de pruebas administradas por el Estado.
- Información sobre la participación.
- Cursos realizados y completados.
- Créditos obtenidos.
- Grado y fecha prevista de graduación.
- Obtención de credenciales.
- Información sobre asistencia y movilidad.
- Datos sobre educación especial.
- Fechas y lugares de nacimiento.
- Números de la Seguridad Social.
- Números de teléfono.
- Direcciones de correo electrónico.
- Nombres y apellidos.
- Sexo.
- Raza.
- Etnia.
Como el estado de Colorado ha tomado medidas importantes para proteger la información personal y los datos de sus respectivos ciudadanos en los últimos años, tal vez mejor evidenciado por la promulgación de la Ley de Privacidad de Colorado el año pasado, es apropiado que el estado también ha tomado medidas legislativas para proteger la privacidad de los estudiantes K-12 que están matriculados en instituciones educativas dentro del estado. A través de las disposiciones de ambos, HB 1294 y HB 1423, los padres y tutores dentro del estado de Colorado tienen un número de maneras de asegurar que la información personal que sus hijos revelan a sus educadores cuando buscan alcanzar sus metas académicas está siendo salvaguardada de cualquier daño y mal uso en todo momento.